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1.
¿QUÉ ES EL ACOSO PSICOLÓGICO LABORAL? |
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El
Acoso Psicológico Laboral
o Acoso Moral o "Mobbing" es un tipo de violencia psicológica que
recibe un trabajador o grupo de trabajadores, que consisten en un comportamiento
irracional repetido y constituye un riesgo para su seguridad y su salud. Pueden
ser ejercidos por superiores, compañeros o subordinados. Entre estos
comportamientos de acoso encontramos aquellos que humillan, ofenden, debilitan,
ridiculizan o amenazan la integridad del trabajador. Se producen a lo largo de
un periodo de tiempo y suelen caracterizarse por ser sutiles, el agresor/es no
se muestra agresivo de forma abierta.
El objetivo principal que se
persigue con ellos es que abandone su puesto de trabajo, provocando así un
enorme daño psicológico.
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2. ¿Qué circunstancias podemos
encontrar en situaciones de Acoso Psicológico? |
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El desgaste psicológico y
emocional que puede estar sufriendo el trabajador por estas continuas
situaciones.
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Incapacidad para trabajar en
sus tareas habituales u otras relacionadas con su aptitud profesional.
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Existencia de una situación de
asimetría, de dos partes, donde el trabajador no puede defenderse por
motivos sociales, económicos, psíquicos y/o físicos.
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Organización del trabajo
deficiente, no se resuelven los problemas.
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Intencionalidad de hacer daño
al trabajador y con cierta determinación.
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Situaciones de abuso apoyadas
por el silencio y la complicidad de los compañeros de trabajo, por miedo a
ser nuevas víctimas o perder su empleo.
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Falta de gestión de conflictos,
o dificultad de llevarla a cabo.
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Existencia de liderazgos
autoritarios, o con direcciones muy controladas.
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Los trabajadores víctimas de
acoso laboral suelen tener exceso de trabajo, monotonía y falta de
autonomía.
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Inestabilidad laboral, empleos
precarios, temporales, y una elevada competitividad en la empresa.
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3. ¿Qué puedo hacer si me siento
acosada/a en mi lugar de trabajo? |
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Si sospechas que lo puedes
estar sufriendo tú u otra persona, no lo ignores y actúa. Comunícalo y no
seas cómplice.
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Analiza los hechos ocurridos,
recuerda que los insultos, burlas, humillaciones o cualquier tipo de
violencia, no están justificadas. No lo confundas con otras discrepancias
del día a día que pueden surgir con un jefe exigente. La intención de un
acoso laboral es que la víctima abandone su puesto.
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Hazte consciente del
problema y toma responsabilidad de tus actos y una actitud positiva en
busca de soluciones, y sin culpabilidad.
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Recoge en un diario los
incidentes que van surgiendo y anota las circunstancias vividas
indicando: fecha, hora, lugar, tipo de conducta/s, quién lo realiza,
testigos, personas a las que afecta, como actúa y se siente "el trabajador/a
víctima".
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Busca personas de confianza
que te puedan apoyar en la empresa: compañeros de trabajo, Delegados de
Prevención, Comité de Seguridad y Salud, Servicio de Prevención,
Departamento de Recursos Humanos.
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Comunica los problemas de acoso
que estás sufriendo a través del Protocolo de actuación frente al Acoso
Laboral de tu centro de trabajo, si existe.
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Requiere apoyo legal
para informarte de tus derechos recogidos en la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales, en el Estatuto de los Trabajadores y en caso de tener convenios
colectivos para realizar las actuaciones legales oportunas.
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Acude a los Organismos
autonómicos o provinciales de Seguridad y Salud en el Trabajo, o en caso
de que existan también a los posibles servicios de intermediación de
conflictos, para asesorarte y protegerte de las vulneraciones o abusos que
sufres en tu centro de trabajo.
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4.
ANTE EL ACOSO LABORAL, CSI-F PROPONE: |
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Detectar,
analizar y detener las conductas de acoso laboral.
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Estudiar las deficiencias en la
organización del trabajo para mejorarlas, ya que son señales de posibles
situaciones de acoso laboral.
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Tener en cuenta en las
Evaluaciones de Riesgos Psicosociales los predictores de posibles
situaciones de acoso laboral.
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Implantar el Protocolo Frente
al Acoso Laboral en todos los centros de trabajo de la Administración.
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Implicación absoluta de la
Dirección en los casos de acoso psicológico de sus centros, proporcionando
un apoyo "real" (psicológico, médico y legal) a las víctimas que denuncian y
ejecutando las medidas disciplinarias.
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Creación de grupos de trabajo
y/o comisiones para la intermediación o gestión de conflictos.
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Fomentar campañas de
sensibilización y concienciación del compañerismo, promoción del clima
organizacional, para hacer conocer los efectos negativos del acoso en las
relaciones personales y laborales de los/as empleados/as públicos/as.
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Acciones formativas sobre
técnicas de comunicación, control del estrés y manejo de conflictos.
DIFERENCIAS ENTRE UN JEFE Y
UN LÍDER |
JEFE |
LÍDER |
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Manda a las personas
-
Inspira miedo
-
Dice YO
-
Mi empresa
-
Se preocupa de las
cosas
-
Presume sus éxitos
-
Tiene Empleados
-
Todo Urge para hoy
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5.
LEGISLACIÓN |
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Acuerdo Marco Europeo sobre
Acoso y Violencia en el Lugar de Trabajo
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Constitución Española de 1978;
artículos 10 y 18
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Estatuto de los Trabajadores;
artículo 4
-
Ley 31/1995, de 8 de Noviembre,
de Prevención de Riesgos Laborales; artículos 14 y 15
Información obtenida del
Portal de la Central
Sindical Independiente y de Funcionarios...
www.csif.es
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