Test de Celadores nº 187 |
Preguntas 01 a 30: TEST PSICOTÉCNICOS
INDICAR CUÁL DE LAS SIGUIENTES RESPUESTAS SE AJUSTA MÁS EXACTAMENTE EN CADA CASO A LA DEFINICIÓN DE LA PALABRA PROPUESTA EN EL ENUNCIADO:
Preguntas 36 a 60: TEST PSICOTÉCNICOS
LEA EL SIGUIENTE TEXTO Y CONTESTE A LAS PREGUNTAS 61 A 65:
Ordenanza de régimen de funcionamiento en caso de desahucios
La autoridad municipal retirará de la vía pública todos aquellos efectos que hayan sido abandonados en la misma como consecuencia de desahucios. Los propietarios de los enseres que hayan sido abandonados en la vía pública, están obligados a retirarlos en el plazo máximo de dos horas desde que sean requeridos al efecto por la autoridad constituida en el lugar de los hechos. Si no se presentaran los propietarios de los objetos, o de hacerlo no lo retirasen en el plazo señalado, serán retirados y conducidos al Almacén Municipal, entendiéndose a todos los efectos legales que dichos objetos han sido abandonados. Los jueces de distrito comunicarán, si lo estiman oportuno, al Ayuntamiento, la casa en la que se ha de verificar el desahucio y el día y hora señalado para la diligencia. En el supuesto de incomparecencia del dueño, el requerimiento se efectuará inmediatamente en su domicilio (o en el de su representante legal), si fuere conocido en el acto, y si no lo fuere, ante el empleado de la finca urbana correspondiente o vecino de la misma, previniéndole de la obligación de aviso al propietario de los objetos si llegase a conocer su paradero. Podrá realizarse el requerimiento también a familiares de primer grado del propietario.
Si a pesar del requerimiento formulado, los muebles y enseres no fuesen retirados por su propietario o no se hubiera podido efectuar requerimiento por no ser hallado, el funcionario municipal encargado procederá, sin más demora, a formar una relación de los mismos para su posterior traslado, haciendo constar nombre y apellidos del propietario, dirección del desalojo y nuevo domicilio, en su caso, del interesado o de sus parientes más cercanos, si fueren conocidos, y Juzgado o autoridad a quien haya correspondido las diligencias. Estas relaciones se extenderán en el modelo impreso A11, e irán firmados por el funcionario municipal, por el dueño de los muebles y por el encargado del Almacén Municipal, una vez se hubiera hecho cargo de los enseres. El encargado de esta dependencia se reservará uno de los ejemplares firmados, devolviendo los otros firmados; uno de ellos, que se entregará por la Policía Municipal al dueño de los muebles, y el otro para su archivo en la Unidad de Servicios Generales.
Preguntas 66 a 75: TEST PSICOTÉCNICOS
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