Reproducimos a continuación los cometidos de los Celadores
en función de las diferentes áreas en donde desempeñe su trabajo
como complemento y actualización a las que vienen recogidas en el artículo 14, punto 2, del Estatuto de
Personal No Sanitario al servicio de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.
Harán
los servicios de guardia que correspondan dentro de los turnos que se
establezcan.
Vigilarán
las entradas de la Institución, no permitiendo el acceso a sus dependencias
más que a las personas autorizadas para ello.
Tendrán
a su cargo la vigilancia nocturna, tanto del interior como exterior del
edificio, del que cuidarán estén cerradas las puertas de servicios
complementarios.
Velarán
continuamente por conseguir el mayor orden y silencio posible en todas las
dependencias de las Institución.
Darán
cuenta a sus inmediatos superiores de los desperfectos o anomalías que
encontraran en la limpieza y conservación del edificio y material.
Vigilarán
el acceso y estancias de los familiares y visitantes, según las normas del
Centro, cuidando que no se introduzcan en el Hospital más que aquellos
objetos y paquetes autorizados.
No
dejarán nunca abandonada la vigilancia de la puerta de entrada.
En
caso de conflicto con los visitantes o intrusos,
requerirán la presencia del personal de Seguridad.
En
casos excepcionales podrán ser requeridos para cualquier otra actividad
contemplada en su Estatuto.
Se
abstendrán de hacer comentarios a los familiares y visitantes de los
enfermos sobre diagnósticos, exploraciones y tratamientos que se estén
realizando a los mismos, y mucho menos informar sobre los pronósticos de su
enfermedad, debiendo siempre orientar las consultas hacia el Médico
encargado de la asistencia del enfermo.
También
serán misiones del Celador todas aquellas funciones similares a las
anteriores que les sean encomendadas por sus superiores y que no hayan
quedado específicamente reseñadas.
ÁREA
DE ASISTENCIA DE URGENCIAS
FUNCIÓN
DE PUERTA DE ENTRADA
1.
Recepción del paciente
Recepción y ayuda a los
pacientes que vengan en vehículos particulares y ambulancias.
Recepción
y ayuda a pacientes ambulantes.
Transporte
de pacientes en sillas de ruedas, camillas, etc.
Aviso
al personal sanitario cuando sea preciso.
2.
Control de personas
Vigilarán las entradas al Área
de Urgencias, no permitiendo el acceso a sus dependencias más que a las
personas autorizadas para ello.
Información
general, no sanitaria, no administrativa.
Mantenimiento
de las normas de convivencia general (no fumar, buen uso de las
instalaciones, etc.)
3.
Ayuda al personal sanitario en las medidas iniciales del tratamiento en las
emergencias
FUNCIÓN
DE APOYO INTERNO
Transporte y control interno
de pacientes y familiares.
Ayuda
al personal sanitario en general.
Auxilio
en aquellas labores propias del Celador en las Áreas de Yesos y Quirófanos
de Cirugía Mayor, así como las que le sean ordenadas por Médicos,
Supervisoras o Enfermeras/os.
Transporte
y control de documentos, correspondencia u objetos.
Tramitarán
y conducirán sin tardanza las comunicaciones verbales.
Control
de personas en el Área de Urgencias.
FUNCIÓN
DE APOYO EXTERNO
Traslado de pacientes a
Radiología.
Traslado
de documentos, correspondencia y objetos a los Laboratorios y/u otros
Servicios o Unidades del Hospital.
Traslado
de los pacientes a las Unidades de Hospitalización (ingresos), y Unidades
Especiales (Reanimación, Quirófanos, U.C.I.).
Tramitarán o conducirán sin
tardanza las comunicaciones verbales, documentos, correspondencia u objetos
que les sean confiados por sus superiores, así como habrán de trasladar,
en su caso, de unos servicios a otros, los aparatos o mobiliario que se
requiera.
Harán
los servicios de guardia que correspondan dentro de los turnos que se
establezcan.
Realizarán,
excepcionalmente, aquellas labores de limpieza que se les encomiende en
orden a su situación, emplazamiento, dificultad de manejo, peso de los
objetos o locales a limpiar.
Cuidarán,
al igual que el resto del personal, de que los enfermos no hagan uso
indebido de los enseres y ropas de la Institución, evitando su deterioro o
instruyéndoles en el uso y manejo de persianas, cortinas y útiles de
servicio en general.
Velarán
continuamente por conseguir el mayor orden y silencio posible en todas las
dependencias de la Institución.
Darán
cuenta a sus inmediatos superiores de los desperfectos o anomalías que
encontraran en la limpieza y conservación del edificio y material.
Vigilarán
el acceso y estancia de familiares y visitantes en las habitaciones de los
enfermos, no permitiendo la entrada más que a las personas autorizadas,
cuidando no introduzcan en la Institución más que aquellos paquetes
expresamente autorizados por la Dirección.
Así
mismo tendrán a su cargo que los visitantes que no tengan acceso especial
despejen las habitaciones y las plantas a la hora establecida.
Vigilarán
el comportamiento de los enfermos y los visitantes, evitando que esos últimos
fumen en las habitaciones, traigan alimentos o se sienten en las camas y, en
general, toda aquella acción que perjudique al propio enfermo o al orden de
la Institución.Cuidarán
que los visitantes no deambulen por los pasillos y dependencias más que lo
necesario para llegar al lugar donde concretamente se dirijan.
Tendrán
a su cargo el traslado de enfermos para la realización de Pruebas
Complementarias o Consultas, no abandonándoles hasta que la persona
responsable de las citadas pruebas o consultas se haga cargo de ellos.
Ayudarán
a las enfermeras y auxiliares de planta al movimiento, aseo y traslado de
los enfermos encamados que requieran un trato especial, en razón a sus
dolencias, para hacerles la cama.
Correrá
a su cargo el traslado de los cadáveres al mortuorio.
Se
abstendrán de hacer comentarios con los familiares y visitantes de los
enfermos sobre diagnósticos, exploraciones y tratamientos que se estén
realizando a los mismos, y mucho menos informar sobre los pronósticos de su
enfermedad, debiendo siempre orientar las consultas hacia el Médico
encargado de la asistencia al enfermo.
También
serán misiones del Celador todas aquellas funciones similares a las
anteriores que les sean encomendadas por sus superiores y que no hayan
quedado específicamente reseñadas.
Para
la realización de todas estas actividades, así como de otras semejantes
que pudieran surgir, estarán sometidas a los horarios y normas de la unidad
a la que estén adscritos.
Estarán
siempre localizados en la unidad a la que estén adscritos.
En
caso de conflicto con un visitante o intruso requerirán la presencia del
personal de Seguridad.
El
Quirófano es el área hospitalaria con mayor grado de tecnología y
complejidad, que requiere unas condiciones especiales de limpieza,
baja o nula contaminación microbiana y seguridad.
En
general, al quirófano no se introducirán objetos del exterior
(libros, revistas, periódicos, ropa...). La vestimenta es el pijama
verde limpio, cubriéndose el pelo (con un gorro) y la barba.
Asimismo, el calzado será el específico para el quirófano (verde) o
en su defecto, se usarán calzas.
Las
funciones del Celador en los Quirófanos serán las siguientes:
Tendrán a su cargo el
traslado de los pacientes desde la unidad correspondiente a Quirófanos,
Reanimación y viceversa, cuidando en todo momento de que a cada paciente le
acompañe toda la documentación clínica precisa que debe serle facilitada
por el Enfermera de la unidad de procedencia.
En
los quirófanos auxiliarán en todas aquellas labores propias del Celador
destinado en estos servicios, así como en las que les sean ordenadas por
los Médicos, Supervisoras o Enfermeras/os.
El Celador
introduce y saca a los enfermos del Área Quirúrgica para las intervenciones,
colocándolos y retirándolos de la mesa de operaciones ayudados por el
personal sanitario.
Ayudarán,
a requerimiento del Médico o la Supervisora o persona responsable, a la
sujeción o movilización de los pacientes que lo requieran.
Durante las
intervenciones quirúrgicas, el celador permanecerá en el antequirófano por
si precisaran de sus servicios.
Transportarán
a los servicios correspondientes los objetos y documentos que les sean
confiados por sus superiores.
Trasladarán
los aparatos o mobiliario que se requiera.
Harán
los servicios de guardia que correspondan dentro de los turnos que se
establezcan.
Observarán
las normas internas del Servicio de Quirófano generales para toda la
Unidad, en especial las referidas a la asepsia o higiene.
Darán
cuenta a sus inmediatos superiores de los desperfectos o anomalías que
encontraran en la limpieza y conservación del edificio y material.
También
serán misiones del Celador todas aquellas funciones similares a las
anteriores y que no hayan quedado específicamente reseñadas.
Tendrán a su cargo el
traslado de los pacientes desde la unidad correspondiente, a excepción del
Servicio de Urgencias, a Radiodiagnóstico y viceversa, cuidando en todo
momento que a cada paciente le acompañe la documentación clínica precisa
que deba serle facilitada por la enfermera de la unidad de procedencia.
Tramitarán o conducirán sin
tardanza las comunicaciones verbales, documentos, correspondencia u objetos
que les sean confiados por sus superiores, así como habrán de trasladar,
en su caso, de unos servicios a otros, los aparatos o mobiliario que se
requiera.
Ayudarán
a requerimiento del Médico, la Supervisora o persona responsable, a la
sujeción o movilización de los pacientes que lo precisen.
Realizarán,
excepcionalmente, aquellas labores de limpieza que se les encomiende en
orden a la situación, emplazamiento, dificultad de manejo, peso de los
objetos, o locales a limpiar.
Darán
cuenta a sus inmediatos superiores de los desperfectos o anomalías que
encontraran en la limpieza y conservación del edificio y material.
Observarán
las normas internas del Servicio de Radiodiagnóstico.
Se
abstendrán de hacer comentarios con los familiares y visitantes de los
enfermos sobre diagnósticos, exploraciones y tratamientos que se estén
realizando a los mismos, y mucho menos informar sobre los pronósticos de su
enfermedad, debiendo siempre orientar las consultas hacia el Médico
encargado de la asistencia al enfermo.
También
serán misiones del Celador todas aquellas funciones similares a las
anteriores que les sean encomendadas por sus superiores y que no hayan
quedado específicamente reseñadas.
Estarán
siempre localizados en el Servicio de Radiodiagnóstico.
PUERTA
DE REHABILITACIÓN
Vigilarán las entradas de la
Institución, no permitiendo el acceso a sus dependencias más que a las
personas autorizadas a ello.
Velarán
continuamente por conseguir el mayor orden y silencio posible en todas las
dependencias de la Institución.
Recogerán
los pacientes de Rehabilitación desde las ambulancias o cualquier otro
medio de transporte.
Darán
cuenta a sus inmediatos superiores de los desperfectos o anomalías que se
encontraran en la limpieza y conservación del edificio y material.
Vigilarán
el acceso y estancia de los familiares y visitantes, según las normas del
Centro, cuidando que no se introduzcan en el Hospital más que aquellos
objetos y paquetes autorizados.
No
dejarán nunca abandonada la vigilancia de la puerta de entrada.
En
caso de conflicto con un visitante o intruso, requerirán la presencia del
personal de Seguridad.
En
casos excepcionales podrán ser requeridos para cualquier otra actividad
contemplada en su estatuto.
Se
abstendrán de hacer comentarios con los familiares y visitantes de los
enfermos sobre diagnósticos, exploraciones y tratamientos que se estén
realizando a los mismos, y mucho menos informar sobre los pronósticos de su
enfermedad, debiendo siempre orientar las consultas hacia el Médico
encargado de la asistencia del enfermo.
También
serán misiones del Celador todas aquellas funciones similares a las
anteriores que les sean encomendadas por sus superiores y que no hayan
quedado específicamente reseñadas.
REHABILITACIÓN
Tramitarán o conducirán sin
tardanza las comunicaciones verbales, documentos, correspondencia u objetos
que les sean confiados por sus superiores, así como habrán de trasladar,
en su caso, de unos servicios a otros, los aparatos o mobiliario que se
requiera.
Realizarán,
excepcionalmente, aquellas labores de limpieza que se les encomiende en
orden a la situación, emplazamiento, dificultad de manejo, peso de los
objetos o locales a limpiar.
Cuidarán,
al igual que el resto del personal, de que los enfermos no hagan uso
indebido de los enseres y ropas de la Institución, evitando su deterioro o
instruyéndoles en el uso y manejo de persianas, cortinas y útiles del
servicio en general.
Velarán
continuamente por conseguir el mayor orden y silencio posible en todas las
dependencias de la Institución.
Darán
cuenta a sus inmediatos superiores de los desperfectos o anomalías que
encontraran en la limpieza y conservación del edificio y material.
Ayudarán
al Fisioterapeuta, cuando sea necesario, en la colocación y sujeción del
paciente en su lugar de tratamiento.
Se
abstendrán de hacer comentarios con los familiares y visitantes de los
enfermos sobre diagnósticos, exploraciones y tratamientos que estén
realizando a los mismos, y mucho menos informar sobre los pronósticos de su
enfermedad, debiendo siempre orientar las consultas hacia el Médico
encargado de la asistencia al enfermo.
También
serán misiones del Celador todas aquellas funciones similares a las
anteriores que les sean encomendadas por sus superiores y que no hayan
quedado específicamente reseñadas.
Para
la realización de todas estas actividades, así como de otras semejantes
que pudieran surgir, estarán sometidos a los horarios y normas de la unidad
a la que estén adscritos.
Estarán
siempre localizados en la Unidad a la que estén adscritos.
En
caso de conflicto con un visitante o intruso requerirá la presencia del
personal de Seguridad.
UNIDAD
DE CUIDADOS INTENSIVOS (U.C.I.)
Los Celadores destinados en
las UNIDADES de CUIDADOS INTENSIVOS estarán preparados en el movimiento de
los enfermos, dado que por las características de los pacientes encamados, y
muchas veces inconscientes, su movilización ha de hacerse con especial
entrenamiento.
Por otra parte,
dada la susceptibilidad de los pacientes a las infecciones, los celadores deberán estar uniformados con batas asépticas,
que se renovarán cada vez que abandonen estas dependencias.
Dada las características de
esta unidad deberán actuar procurando evitar ruidos innecesarios.
Asimismo
trasladarán los aparatos y material que se les indique.
AMBULANCIA
Tendrá que bajar al enfermo,
en camilla o silla, desde su piso a la ambulancia.
Durante
el trayecto irá en el asiento que hay junto al enfermo y deberá estar
atento a cualquier circunstancia anómala, de la cual deberá informar al
PERSONAL SANITARIO.
AMBULATORIO
Cuida del orden en todas las
dependencias, vigilando el comportamiento de los enfermos y acompañantes,
para conseguir el silencio y orden adecuado.
Es
su función informar al público del lugar, día y hora de las consultas.
Traslada
documentación, objetos, aparatos y materiales cuando sean requeridos para
ello.
Se
encargan del traslado de enfermos que no pueden hacerlo por si mismos.
Ayudarán
al PERSONAL SANITARIO, si son requeridos, en curas y pequeñas
intervenciones.
VIGILANTE
(Funciones de Vigilancia del Celador)
Una de las
funciones del Celador es la vigilancia [de hecho, si buscamos
celador en el Diccionario de la RAE nos refiere, persona
destinada por la autoridad para ejercer la vigilancia], tanto de
las entrada de la Institución, como el acceso y estancias de los
familiares y visitas de los enfermos, así como el comportamiento de
los enfermos y visitantes dentro de la Institución. Por ello:
Controlará la
entrada a la Institución de toda persona, prohibiendo el paso a toda aquella
que no vaya provista del correspondiente justificante.
Vigilancia
nocturna tanto del interior como del exterior de la Institución (incluyendo
el aparcamiento), cuidando de que las puertas queden bien cerradas, control
de las luces... dando parte a sus superiores de cualquier anomalía que
observe.
Controlará la
entrada y salida de personas que aún trabajando en la Institución, no
pertenezcan a éstas (trabajadores de reparto, mensajeros...) procediendo a
controlar la identificación de dichas personas.
Controlará la
apertura y cierre de los accesos a la Institución, iluminación, etc.
Comprobará que el
personal que está en el interior de los locales está debidamente autorizado
para permanecer allí. No permitirá la entrada de personas que lleven comida
o bebida, obligándoles a dejar ésta en la portería para su posterior
recogida a la salida de la Institución.
Vigilará la salida
de los enfermos, quienes deberán acreditar el alta o autorización para
abandonar la Institución.
LAVANDERÍA
Se ocupa de cargar, descargar
y pesar la ropa, clasificándola para su lavado en "calandras" o
bombos, llena los contenedores de ropa limpia y ayuda a la carga de los
camiones para su transporte.
SUMINISTROS
(Almacenero)
En este servicio,
el celador se encarga de repartir y abastecer al hospital en general, de
materiales consumibles.
Recepciona y
comprueba las mercancías recibidas
Carga, descarga, coloca
ordenadamente los productos y materiales que se encuentran en el almacén.
Entrega
todo aquello que le sea solicitado mediante un vale debidamente firmado por
un superior responsable.
Prepararán los
pedidos que vayan a repartirse y llevarán dichos pedidos a los servicios
correspondientes.
Da
cuenta diariamente de las entradas y salidas de material que se produzcan.
Se encargan principalmente
del traslado de documentos y correspondencia de unas unidades a otras, lo
que realizará con la mayor diligencia.
Será
misión suya realizar las funciones análogas que impliquen salidas al
exterior de la Institución.
ENCARGADO
DE TURNO
Normalmente en cada turno
habrá un Celador que desempeñe esta misión y que será designado por el
DIRECTOR GERENTE a propuesta del DIRECTOR DE GESTIÓN Y SERVICIOS GENERALES.
Se
encarga de sustituir al JEFE DE PERSONAL SUBALTERNO.
AUTOPSIAS
(Actuación en relación con los pacientes
fallecidos)
Traslado a Mortuorio
El Celador realizará los
traslados al mortuorio de la forma más discreta posible. Una vez
llegue, consignará los datos del fallecido en el Libro de Registro
de Movimientos en Mortuorio (con letra mayúscula y legible).
Autopsias
Si hubiera de realizarse
una autopsia, el cadáver será conducido por el Celador hasta la Sala
de Autopsias, ayudando al Celador de Anatomía Patológica a colocarlo
en la mesa.
El Celador de Anatomía
patológica tiene las siguientes funciones:
Transporte
del cadáver desde el depósito o las cámaras frigoríficas a la sala de autopsias,
colocándolo en la mesa de autopsias.
Preparar
el cadáver para realizar la autopsia, y efectúa sobre el mismo aquellos
movimientos que sean necesarios para la práctica de la autopsia.
Colabora con el personal sanitario en todo aquello que
no requiera la utilización de instrumental sobre el cadáver.
Recompone
y asea al cadáver una vez finalizada la autopsia.
Amortaja y coloca el cadáver en el mortuorio, cuidando
el aspecto externo del difunto.
Limpia
la mesa y la sala de autopsias.
Limpia el instrumental utilizado en la autopsia.
Entrega las muestras orgánicas u otro material que debe
ser analizado en los servicios correspondientes.
Realiza
cualquier otra misión auxiliar demandada por el Médico y las generales
como traslado de documentos, etc...
Se
harán cargo del cuidado, alimentación, limpieza, etc... de los animales
que se utilicen en los laboratorios.
La Dirección General del
INSALUD, por Resolución de 22 de mayo de 1981, debido a la
especialidad de las funciones que realizan los celadores en la sala
de autopsias, decidió crear un puesto denominado "celador
auxiliar de autopsias" retribuido por encima del resto de
puestos de trabajo de sus misma categoría.
Esta resolución
manifiesta que como en la realización de autopsias hay trabajos
auxiliares que no encajan entre las funciones de las categorías
previstas y al objeto de normalizarlas, resuelve crear el puesto de
celador auxiliar de autopsias.
En general, realizarán
las tareas auxiliares en la práctica de las autopsias:
Transportar el
cadáver hasta la sala de autopsias, y efectuar los movimientos
del mismo necesarios para su práctica.
Colocar el cadáver
sobre la mesa.
Auxiliar al médico
durante la autopsia en aquellas prácticas instrumentales no
especificadas de profesionales titulados.
Recomponer y asear
el cadáver.
Limpiar la sala, la
mesa y el material.
Ayudar al
amortajamiento y trasladarlo a la cámara o al velatorio.
Cualquier otra
misión, de carácter auxiliar, que le sea encomendada por el
personal médico.
Pasa el ratón por encima
del LOGO AZUL y luego pincha en SUSCRIBIRSE si quieres estar
al tanto de los nuevos vídeos que irán apareciendo en el
Canal asociados al Temario/Manual de Celadores Online de
Instituciones Sanitarias
UNIDAD DE PSIQUIATRÍA
En una Unidad de Psiquiatría el
celador realiza las siguientes funciones:
Vigila la puerta de acceso a la
Unidad y controla las entradas y salidas, no permitiendo el acceso más que a
personas autorizadas, cuidando no introduzcan comidas, bebidas u objetos que
pudieran resultar peligrosos o no autorizados.
Cuida del entorno ambiental de
los pacientes, levantando persianas por la mañana y bajándolas por la noche.
Controla la estancia y la
circulación de los familiares y visitantes en las habitaciones de los
enfermos y en las zonas comunes evitando toda aquella acción que perjudique
al propio enfermo o al orden de la unidad.
Ayuda al aseo personal de los
pacientes que lo precisen.
Vigila a los pacientes que no
quieren asearse para que lo hagan.
Colabora con el resto del
personal, de que los enfermos no hagan uso indebido de los enseres y ropas
de la Unidad, evitando su deterioro.
Colabora con el personal
sanitario para mantener el orden y la compostura en el comedor, prestando
especial interés a los cubiertos y la vajilla, aún siendo éstos de plástico.
Recoge medicación y otros
productos de la Farmacia, reponiendo la farmacia pesada.
Traslada los aparatos o
mobiliario que se requiera.
Tramita las comunicaciones
verbales, documentos o correspondencia confiados por sus superiores.
Acompaña a los pacientes y resto
de personal sanitario a pasear por las zonas ajardinadas contiguas del
Centro sanitario.
Traslada pacientes a las
Unidades y Consultas del Centro que sea preciso, siempre que no haya un
compañero expresamente para esas funciones.
Vigila a los pacientes en sus
paseos o cuando salen al exterior en recintos acotados.
Vigila el orden y la armonía
entre los pacientes.
Ayuda al personal sanitario en
la administración de inyectables y tratamiento de pacientes incapaces que se
niegan a colaborar.
Colabora con otros profesionales
de la Unidad en la reducción de pacientes agitados, ayudando al personal
sanitario a sujetar a
los pacientes alterados a los que hay que aplicar una sujeción mecánica.
Controla el suministro de tabaco
a los pacientes que lo tienen permitido en su tratamiento.
Se abstendrán de hacer
comentarios con los familiares y visitantes de los enfermos sobre
diagnósticos, exploraciones y tratamientos, y mucho menos sobre los
pronósticos de la enfermedad.
Se abstendrán de realizar
funciones impropias de su categoría, toda vez que podrán ser denunciados por
usurpación de funciones e intrusismo profesional.
A los Celadores/as integrantes de
los Equipos de Atención Primaria les corresponden las siguientes funciones y
responsabilidades:
Realizar las
actividades que le corresponda de acuerdo a su categoría
profesional dentro de la Zona de Salud.
Vigilancia y control
del buen funcionamiento y uso del centro, mobiliario, equipos y
utillaje.
Informar y asesorar
sobre las actividades y normas del centro, vigilancia del acceso
y circulación de usuarios, así como velar por la correcta
utilización de los mismos, colaborando en tareas de apoyo en el
traslado y desplazamiento de pacientes con limitaciones.
Trabajar
coordinadamente con el resto del equipo y participar en las
reuniones de equipo.
Colaborar en las
tareas organizativas, informativas..., del equipo que se les
indique y que no requieran un nivel de cualificación específico,
en especial el traslado de historias clínicas a las consultas,
así como otra documentación.
Apertura y cierre de
los Centros de Salud, transporte de material, correspondencia y
otros afines.
NOTA: Funciones extraídas del Artículo
20 del
DECRETO 67/1996, de 21 de mayo,
por el que se aprueba el Reglamento General de Organización y
Funcionamiento de los Equipos de Atención Primaria de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Una de las principales funciones del celador es
la "comunicación".
La comunicación se realizará mirando siempre a
la persona con la que hablamos. El celador debe desarrollar la
empatía (ser capaz de ponerse en el lugar del otro, en este caso del
familiar del enfermo) para evitar discusiones y hacer llegar el
mensaje que se quiera enviar con la máxima claridad posible.
El celador deberá tener en cuenta las
circunstancias por las que atraviesan los pacientes y sus
familiares, dirigiéndose siempre hacia ellos con respeto y usando la
familiaridad sólo cuando nos den pie a ello.
Debe usar un lenguaje educado, sobre todo cuando
el paciente o sus familiares se encuentren nerviosos o alterados.
La información que un celador de ha de ser la
mayor y más completa posible, excepto aquella relativa a la
enfermedad del paciente. El Celador está obligado a guardar el
Secreto Profesional de todo lo que conozca a causa del ejercicio de
su profesión.
Técnicas fundamentales para
tratar con los demás
No critique ni se queje.
Interesarse por el otro.
Dar muestras de aprecio.
Recuerde que el nombre de una persona es
para ella el sonido más importante que puede escuchar.
Sea buen oyente. Anime a que los demás
hablen de sí mismos.
Hable siempre de lo que le interesa al grupo
(al otro).
Haga que la otra persona se sienta
importante.
Recuerde que la única forma de seguir
ganando de una discusión es evitándola.
Sonría.
Demuestre respeto por la opinión ajena.
Comience a hablar de forma amigable.
Si está equivocado, admítalo abierta y
rápidamente.
Dedique al otro el tiempo que se merece.
Aspecto externo del Celador
Físicamente, el celador se mostrará:
Oficial y debidamente uniformado.
Uñas cortadas y sin pintar
No llevar accesorios ornamentales (joyas,
etc.)
No llevar objetos punzantes en los bolsillos
(bisturí, lápiz, etc.)
TEST ONLINE Recopilatorios sobre
FUNCIONES de los CELADORES
Las funciones de los Celadores vienen
recogidas en el artículo 14, punto 2, del ESTATUTO DE PERSONAL NO
SANITARIO AL SERVICIO DE LAS INSTITUCIONES SANITARIAS DE LA SEGURIDAD
SOCIAL. Dicho estatuto se plasmó en una Orden del Ministerio de Trabajo
de 5 de Julio de 1971 (publicado en el B.O.E. del 22 de Julio de 1971).
Aunque se ha promulgado el nuevo
ESTATUTO MARCO que afecta a todo el personal estatutario del Sistema
Nacional de Salud (Ley 55/2003, de 16 de diciembre) y deroga los tres
estatutos vigentes hasta la fecha, las funciones recogidas en el antiguo
Estatuto continúan vigentes (según la Disposición Transitoria Sexta de
la citada Ley 55/2003).
500 Preguntas TIPO TEST sobre Funciones
de los CELADORES y otro personal estatutario
A la hora de prepararnos una oposición
sanitaria es muy importante conocer no sólo las funciones de la
categoría a la que nos presentamos, sino también las del resto de
categorías de personal estatutario que componen el engranaje
asistencial, para así tener una amplia y certera cosmovisión
hospitalaria.
A través de esta colección de 20 Test
Online de 25 preguntas cada uno (en total 500 preguntas) principalmente
repasaremos las funciones de los Celadores aunque también de forma
tangencial las de Enfermeras y TCAEs, personal de Oficios y
Mantenimiento, Cocineros, Pinches y personal de servicios, personal de
administración y gestión, Técnicos Especialistas de diferentes
disciplinas, etc. etc.
TEST ONLINE Recopilatorios sobre
FUNCIONES de los CELADORES en las diferentes ÁREAS o SERVICIOS
En este recopilatorio se incluyen test
online elaborados por el blog CELADORES ONLINE DE INSTITUCIONES
SANITARIAS relativos a las funciones de los Celadores en los QUIRÓFANOS,
en el SERVICIO DE URGENCIAS, en el ALMACÉN, en la FARMACIA y en el
ANIMALARIO.
También encontraremos test online
referentes a las actuaciones de los Celadores. en relación con el
PACIENTE TERMINAL Y FALLECIDO, en la SALA DE AUTOPSIAS y su actuación
con el PACIENTE PSIQUIÁTRICO.